Vecina de Cabanes, de significación extremista destacada, si bien con anterioridad al G.M.N estuvo considerada como persona de orden, desde los primeros momentos de la rebeldía se distinguió por sus manifestaciones reiteradas y públicas en contra de Nuestra Causa y del Ejército Nacional, manifestando que los fascistas asesinaban a los niños, cortaban los pechos a las mujeres y otras frases por el estilo, habiendo expresado así mismo con ocasión del paso a nuestras líneas de un soldado, “ que a todos los que se pasaban había que matarlos” todo ello pública y reiteradamente.
Delito de exaltación a la rebelión militar, pena de seis años y un día de prisión mayor. Se mantiene la pena.
1 de mayo de 1944
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